Con el fin de mejorar los estándares en la entrega de servicios de guías de turismo, el Servicio Nacional de Turismo, Sernatur, está implementando, desde el 20 de enero del presente año, un nuevo sistema de registro que plantea nuevos requisitos para inscribirse y con los cuales se espera respaldar conocimientos y competencias mínimas para operar en el país.
El equipo de la Subdirección de Desarrollo y a cargo del tema, explica que, a diferencia del sistema anterior de registro, éste elimina el requisito de patente comercial y lo reemplaza por otros documentos tales como certificado de estudios o título de guía de turismo o carrera afín; certificado de competencias laborales de ChileValora; certificado de Calidad Turística; u otro documento de evaluación que Sernatur defina.
Lo importante de este proceso es que tanto los encargados de registro, como los funcionarios que trabajan de cara a los prestadores de servicios, estén al tanto para contribuir en la difusión de este nuevo proceso.
Requisitos de inscripción
Los guías de turismo que se registren en Sernatur deberán cumplir con lo siguiente:
- Ser mayor de 18 años.
- Copia de la cédula de identidad.
- Copia electrónica de la carpeta tributaria del prestador dispuesta por el Servicio de Impuestos Internos.
- Certificado de curso de primeros auxilios vigente, de a lo menos 22 horas. Los guías que realicen su registro como guías especializados en turismo aventura, deberán presentar un certificado de curso de primeros auxilios para zonas remotas vigente de a lo menos 40 horas.
- Permiso de la autoridad competente, cuando corresponda, para quienes realicen su registro como guías especializados en turismo aventura.
- Copia de, al menos, uno de los siguientes certificados:
– Certificado de estudios o título de enseñanza media, o técnico profesional y/o superior, de guía de turismo o carrera afín, emitido por una institución de educación media o superior reconocida por el Estado chileno. En el caso de presentar certificado de estudios o título profesional extranjeros, estos deberán ser reconocidos o revalidados, según corresponda, de conformidad a la normativa nacional aplicable.
– Certificado que acredite competencias laborales.
– Certificación de Calidad Turística como: guía de turismo; guía de turismo especializado o guía de turismo local o de sitio. La certificación debe ser emitida por un Organismo Certificador acreditado ante el Instituto Nacional de Normalización.
En el caso de guías de turismo extranjeros que no cuenten con la residencia permanente en Chile y se registren en Sernatur, deberán cumplir con lo siguiente:
- Ser mayor de 18 años.
- Copia de su tarjeta de identificación vigente y/o pasaporte correspondiente.
- Permiso que autorice la realización de actividades remuneradas en el territorio nacional.
- Certificado de curso de primeros auxilios vigente, de a lo menos 22 horas. Los guías que realicen su registro como guías especializados en turismo aventura, deberán presentar un certificado de curso de primeros auxilios para zonas remotas vigente de a lo menos 40 horas.
- Permiso de la autoridad competente, cuando corresponda, para quienes realicen su registro como guías especializados en turismo aventura.
- Copia de certificado de estudios o título que acredite su condición de guía de turismo, emitido por una institución de educación reconocida por su país de origen, o certificado que acredite su competencia para desempeñarse como guía de turismo emitido por institución competente en el país de origen.
Para conocer los detalles del nuevo reglamento del Decreto 19 ir a http://registro.sernatur.cl
Fuente: Sernatur